Castilla nos une

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LA AGRUPACIÓN PROVINCIAL DE TIERRA COMUNERA (TC) PROPONE LA CREACIÓN EN BURGOS DE UN OBSERVATORIO ANTOCORRUPCIÓN. (Febrero’2007). .. (06/02/2007)

La Agrupación Provincial en Burgos de la formación castellanista TIERRA COMUNERA (TC) dentro de su avance de propuestas para las próximas elecciones municipales y autonómicas del 27 de Mayo ha manifestado en rueda de prensa su intención de promover un Observatorio Anti-Corrupción en la ciudad de Burgos.

A juicio de este partido castellano, la sociedad se encuentra manifiestamente alarmada por los numerosos casos de corrupción política que salpican a diario los medios de comunicación y que especialmente se centran en las instituciones municipales; así en el último año más de cien ayuntamientos, fundamentalmente gobernados por PP y PSOE están siendo investigados por prácticas presuntamente corruptas, especialmente relacionadas con la especulación urbanística. En Castilla y León, casos como los de Arroyo de la Encomienda, Palencia o Las Navas del Marqués, han sido de los últimos que han generado gran alarma social en Castilla y León.

Para TIERRA COMUNERA (TC) la corrupción en el ámbito de la política municipal supone un desmoronamiento del sistema democrático, una profunda ineficacia y un agudo descreimiento de la confianza ciudadana en el funcionamiento del sistema. Es preciso recordar que la práctica ilegal del cobro de “dinero negro” en las viviendas de VPO en la ciudad de Burgos, ha supuesto en los últimos diez años un pago cercano a los 250 millones de euros.

Desde TIERRA COMUNERA (TC) se propone la creación de un Observatorio Anti-Corrupción en la ciudad de Burgos, que ataje estas prácticas, potencie la transparencia de las decisiones municipales a los ojos de la ciudadanía y extienda un código ético de buenas prácticas en la gestión económica del Ayuntamiento, especialmente en los ámbitos relacionados con el urbanismo.

Entre las propuesta que aporta TIERRA COMUNERA (TC) se encuentran las siguientes:

A.- ÁMBITO DE LA GESTIÓN ECONÓMICA Y LA CONTRATACIÓN.

  • Creación de un Registro de Intereses, público y actualizado anualmente que afecte a los cargos políticos del Ayuntamiento y a los técnicos que participen o informen los procesos de contratación y adjudicación.
  • Los pliegos para la realización de concursos, subastas y contrataciones estarán a disposición de todos los ciudadanos y sus asociaciones, y se colgarán en la web del Ayuntamiento.
  • Se tenderá a la desaparición del procedimiento de Concurso a favor de la Subasta para la Adjudicación de obras y contrataciones municipales.
  • Se instará a la fiscalía a la potenciación de los servicios de investigación y persecución del delito económico en Burgos. Creación de una Fiscalía anti-corrupción en Burgos.
  • Las desviaciones en el coste de las contrataciones municipales que superen el 10% en cuantías de hasta 25.000 € o el 5% en adjudicaciones de más de 25.000 € no serán aceptadas y se obligará a la convocatoria de un nuevo concurso o subasta.

    B.- ÁMBITO DE LA TRANSPARENCIA Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

  • Creación de un Observatorio Público Anti-Corrupción en la ciudad de Burgos, formado por representantes de los partidos políticos, del tejido asociativo (Asociaciones de Vecinos y Sindicatos), y de la sociedad (Universidad, Colegios de Arquitectos, Aparejadores y Abogados), que conozca, analice e informe las contrataciones municipales, los pliegos de condiciones, las subastas y concursos, las adjudicaciones y las actuaciones urbanísticas que supongan la generación de plusvalías económicas.
  • Aplicación a los concejales de un régimen de incompatibilidades, incluyendo un periodo de dos años de carencia para que un concejal pueda ejercer una actividad privada vinculada a su cargo. Se trataría por ejemplo de evitar que un responsable de urbanismo sea fichado luego por una constructora.
  • La adjudicación de viviendas de VPO en el término municipal de Burgos se realizará directamente por el Ayuntamiento en base a criterios objetivos y públicos.
  • Compromiso político de un pacto anticorrupción, que incluya la destitución inmediata de cualquier cargo electo o de libre designación, que esté imputado, procesado o condenado por la justicia.
  • Modificación legal para hacer responsable económico directo a los cargos públicos que aprueben planes u obras ilegales, y a los técnicos que las informen favorablemente. Exigir el pago de los gastos de su defensa a los cargos públicos que sean condenados, al margen de sus responsabilidades penales.
  • Facilitar el ejercicio de la acción pública a las asociaciones entre cuyos fines se encuentran la defensa de la legalidad, del territorio y/o del medio natural, así como la exigencia de responsabilidad a los miembros de dichos tribunales y fiscalías si hicieran dejación de las funciones encomendadas.
  • Promoción de la participación pública en los procedimientos administrativos, facilitando el acceso a la información de las normas, planeamiento municipal y de todo tipo de proyectos de construcción, así como de los informes técnicos y jurídicos que lo justifican, implementando la posibilidad de que la ciudadanía se pronuncie mediante consulta popular sobre los proyectos importantes del municipio.

    C.- ÁMBITO URBANÍSTICO.

  • Prohibición de la realización de los convenios urbanísticos, que son puras compraventas de recalificaciones urbanísticas.
  • Prohibición de venta de los aprovechamientos urbanísticos de los Ayuntamientos y de suelos públicos para usos que no sean equipamientos públicos o viviendas protegidas.
  • Prohibición de Modificaciones Puntuales que tengan por objeto reclasificar suelos no urbanizables a urbanizables, o recalificar suelos terciarios, industriales, de equipamientos, zonas verdes… a usos residenciales.
  • Obligatoriedad de construcción de los equipamientos con carácter previo a los desarrollos inmobiliarios.
  • El crecimiento urbanístico de las localidades del Alfoz debe tener un límite legal, en base a las necesidades de vivienda protegida y de equipamientos públicos. No permitir a ningún Ayuntamiento del Alfoz reclasificaciones y/o recalificaciones que supongan más de un 50% de aumento de viviendas y suelo urbano/urbanizable por cada década, con la única excepción de las necesidades de vivienda protegida.
  • Los crecimientos urbanísticos deben realizarse como ampliación de los actuales núcleos urbanos, recogiendo estrictamente la filosofía al respecto de las Directrices Generales de Ordenación, prohibiendo las urbanizaciones segregadas de los núcleos urbanos, y garantizando el cumplimiento integral de la prestación de servicios a sus residentes (educación, sanidad, comunicaciones, abastecimiento de aguas, depuración de aguas residuales, dotaciones de ocio y deporte, transporte público,…).
  • Exigencia de certificación de la legalidad de las inversiones antes de aprobar cualquier plan urbanístico o licencia de obras para impedir el blanqueo de dinero.
  • Solo se procederá a las recalificaciones de suelo, generando suelo urbanizable residencial, en las cuales se garantice a la administración municipal la propiedad de al menos el 50% de su superficie.
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