El pasado día 20 de Julio, y con motivo del terrible incendio forestal que asoló el este de la provincia de Guadalajara, arrasando 13.000 hectáreas en el ámbito del Alto Tajo y llevándose la vida de 11 trabajadores de los retenes de extinción de incendios, la secretaría general del partido castellanista TIERRA COMUNERA (TC), denunció ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la presunta comisión de diversos delitos por parte de la Consejería de Medio Ambiente y la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como por parte del Ministerio de Medio Ambiente del Estado Central.
D. Andrés López Mora, Fiscal Jefe de la Fiscalía del tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, se ha dirigido con fecha de 27 de Julio de 2005 a esta formación castellanista para acusar recibo de la misma, así como para comunicar que, encontrándose entre los denunciados la Ministra de Medio Ambiente, Excma. Sra. Dª Cristina Narbona, y siendo competente para conocer de los hechos la Sala Segunda del Tribunal Supremo, se ha remitido dicha denuncia al Excmo. Sr. Fiscal del tribunal Supremo de Justicia de la Comunidad de Madrid, por ser el competente para realizar la investigación que se solicita.
En su denuncia, TIERRA COMUNERA (TC), hacía constar que los responsables de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, administración competente en gestión forestal, prevención y extinción de incendios, actuaron con negligencia en aspectos como en las acciones de prevención de incendios en un año especialmente seco, y en los momentos de fuertes temperaturas y elevado régimen de vientos, no declarando específicamente la prohibición de realización de fuegos en el ámbito forestal de las masas boscosas y arbustivas existentes en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma, en la permisión de participación en las labores de extinción del citado incendio forestal de vecinos, ciudadanos y residentes carentes del suficiente apoyo técnico y material, con un elevado riesgo para su integridad física, en la demora en el envío de todos los operativos técnicos de extinción de incendios disponibles por la citada administración para atacar el fuego del mencionado incendio forestal desde sus primeros momentos, en la no solicitud de apoyo técnico, material y humano, en labores de extinción de incendios, en los primeros momentos del fuego, procedente de Comunidades Autónomas próximas (Castilla y León, Madrid, Aragón o Comunidad Valenciana), incluso en los casos en los que este apoyo había sido explícitamente ofrecido y en la no solicitud de apoyo en labores de extinción de incendios, en los primeros momentos del fuego y ya conocida su virulencia y su extinción, del propio Gobierno Central, a través del Ministerio de Medio Ambiente.
Así mismo, los castellanistas denunciaron que el Gobierno Central y muy especialmente el Ministerio de Medio Ambiente, conocedores de la gravedad del fuego, de su extensión, del riesgo existente para el Medio Ambiente, para las propiedades de los ciudadanos y para las vidas e integridad física de las personas que residían en la zona o que participaban en las labores de extinción, y conocedores así mismo de la ausencia de medios apropiados para atajar este fuego por las informaciones recabadas sobre el terreno por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, y muy especialmente por parte de la Guardia Civil, no actuó ni con la diligencia debida ni con el debido cumplimiento de sus obligaciones, evitando realizar el aporte de sus propios medios para atajar este incendio.
Para los responsables de TIERRA COMUNERAS (TC) los hechos anteriormente descritos pueden ser punibles penalmente por parte de la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Rosario Arévalo, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, D. José María Barreda y de la Ministra de Medio Ambiente, Dña. Cristina Narbona, con tipos penales como los de: Responsabilidad de la Administración en la ubicación de la barbacoa origen del incendio forestal y en las imprudentes normas que regulaban su utilización en momentos en que el riesgo de incendio era muy alto, Responsabilidad de la Administración con resultado de once muertes, por homicidio involuntario, en el envío de personal de extinción de incendios sin las suficientes garantías de seguridad, Responsabilidad de la Administración por delito ecológico muy grave por las diversas imprudencias que han desembocado en la quema de entorno a 15.000 hectáreas de masa arbustiva y forestal en el Espacio Natural del Alto Tajo, Responsabilidad de la Administración con resultado de once muertes y daño ambiental muy grave por abandono a la población asediada por el incendio y que participaban como voluntarios en las tareas de extinción del mismo, y Responsabilidad de la Administración con resultado de once muertes y daño ambiental muy grave por omisión en el recurso a todos los medios materiales y humanos disponibles para sofocar el citado fuego.