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Castilla nos une

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El PARTIDO CASTELLANO (PCAS) en Retuerta del Bullaque (Ciudad Real), pide al Alcalde que tome medidas ante el caso ilegal de una Concejala que es empleada municipal. (Junio 2013). (10/06/2013)

El PARTIDO CASTELLANO (PCAS), a través de sus miembros en Retuerta del Bullaque, se ha dirigido por escrito al Alcalde del municipio para exigirle que haga cumplir la Ley Electoral en el caso de la concejala que, desde el pasado 3 de junio, ocupa un puesto de peón municipal.

El PCAS ha recordado que con fecha 3 de junio de 2013, esta Concejala ha sido contratada por el Ayuntamiento para realizar las funciones de peón municipal (a través de una bolsa de empleo), estando contratada por el Ayuntamiento para el mantenimiento del pabellón municipal. La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, establece en su artículo 178, apartado 2, punto b), que es incompatible el puesto de Concejal con el de «funcionarios o restante personal en activo del respectivo Ayuntamiento y de las entidades y establecimientos dependientes de él». Así mismo, la citada Ley, en su artículo 178, apartado 3, establece que «Cuando se produzca una situación de incompatibilidad los afectados deberán optar entre la renuncia a la condición de Concejal o el abandono de la situación que, de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior, dé origen a la referida incompatibilidad»,

Dado que desde el PARTIDO CASTELLANO (PCAS) consideramos que la transparencia y el cumplimiento estricto de las leyes debe ser un valor a respetar por todos los ayuntamientos democráticos -más incluso en momentos como los actuales en que amplias capas de la sociedad cuestionan el funcionamiento democrático de los partidos políticos y ponen en entredicho la labor altruista y desinteresada que se le supone a los servidores públicos-, en cumplimiento de la legislación vigente citada, «exigimos al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Retuerta del Bullaque se tomen todas las medidas necesarias para que se restituya la legalidad en el caso de esta Concejala, que deberá optar conforme a las Leyes vigentes entre su puesto de Concejala o su puesto de peón de mantenimiento, lo que de no producirse podría acarrear consecuencias legales.»

 

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