Por medio del presente Reglamento Interno de TC sobre el Funcionamiento de los Grupos y Áreas de Trabajo de TC, se pretende desarrollar el contenido de los artículos 54, 57, 63, 74, 99 y 101 de los Estatutos Nacionales del partido.
Para TC, la participación democrática y colectiva de todos sus afiliados, simpatizantes y cargos públicos, en la vida diaria del partido y en la elaboración de las políticas del mismo, se constituye en una prioridad. La actuación orgánica de TC no puede limitarse a la proyección pública y las actuaciones de los responsables de los órganos ejecutivos del partido, sino que debe materializarse, con las sinergias políticas y sociales que ello conlleva, en la cooperación activa, solidaria y creativa del conjunto de las personas que componen la comunidad de TIERRA COMUNERA. Los Grupos y Áreas de Trabajo de TC, pretenden que la elaboración de las políticas propias de nuestro proyecto político surjan de nuestra propia base social, tanto militante como ciudadana, aunando el máximo de esfuerzos para el proyecto de construcción nacional de Castilla.
La constitución de los Grupos y Áreas de Trabajo de TC, no pretenden se exclusivamente un modo de organización del trabajo colectivo inerno del partido, sino que aspiran a contribuir a la apertura de nuestro proyecto político a la sociedad. La colaboración activa de los ciudadanos, de las entidades populares y de los moviemientos sociales, en el devenir diario de los Grupos y Áreas de Trabajo de TC, es una garantía de credibilidad y de compromiso del nacionalismo castellano democrático y progresista con su pueblo.
El acercamiento del partido a la sociedad, mediante la participación de amplios sectores de ésta en los Grupos y Áreas de Trabajo de TC, pretende así mismo, que el tejido social castellano ejerza una influencia activa y positiva, sobre nuestra propia organización, ejercitando una práctica diaria de comprensión, apertura y flexibilidad ante la sociedad y evitando los riesgos de aislamiento de nuestra organización respecto a nuestro pueblo.
La dinámica y las actuaciones de los Grupos y Áreas de Trabajo de TC, pretenden igualmente inducir en el funcionamiento orgánico del partido, los beneficios de la transversalidad entre las distintas agrupaciones territoriales de TC, descentralizando los ámbitos de participación y de creación política.
Los Grupos y Áreas de Trabajo de TC, pretenden impulsar una dinámica propia del partido en ámbitos sectoriales, con la finalidad de promover el conocimiento, la información, la participación y la acción política en los diversos sectores en que se estructura la actividad social y comunitaria del pueblo castellano.
SECCIÓN 1ª.- DEFINICIONES Y OBJETIVOS DE LOS GRUPOS Y ÁREAS DE TRABAJO.
Artículo 1.- Se definen como Grupos de Trabajo, a órganos específicos de trabajo político al servicio del partido, integrados por afiliados, simpatizantes, cargos públicos y personas no vinculadas orgánicamente al partido, que desarrollan su actuación en un ámbito especializado de la vida política, social o comunitaria. Los Grupos de Trabajo están adscritos a una agrupación territorial del partido (local, comarcal o provincial), y su funcionamiento puede ser permanente o temporal, según sea la naturaleza del tema que ha provocado su constitución.
Artículo 2.- La creación de los Grupos de Trabajo es competencia de cada Concejo Provincial, a propuesta de su respectiva Junta Comunera Provincial, justificando su necesidad política, sus contenidos, y su programa de trabajo, en función de la realidad social y organizativa del partido en cada ámbito territorial.
Artículo 3.- Se definen como Áreas de Trabajo de TC, a los órganos de trabajo político sectorial del partido, de ámbito nacional, constituidos por dos o más Grupos de Trabajo operativos en distintas provincias. Están adscritos a la organización nacional del partido y su funcionamiento puede ser permanente o temporal, según sea la naturaleza del tema que ha provocado su constitución.
Artículo 4.- La creación de las Áreas de Trabajo es competencia del Concejo Nacional, a propuesta de
Artículo 5.- Son objetivos de los Grupos de Trabajo de TC, definidos en su ámbito de actuación territorial, los siguientes:
a) Facilitar la participación de los afiliados en temas de su interés.
b) Favorecer la colaboración y aportaciones de personas no afiliadas.
c) Analizar la política sectorial e institucional del partido.
d) Recopilar y analizar documentación relativa a la actividad del grupo.
e) Conocer el marco legal existente sobre su ámbito de trabajo.
f) Formar la opinión del partido en las diferentes políticas sectoriales, y colaborar en la elaboración de sus documentos, resoluciones y programas.
g) Seguir la actualidad relativa a los temas de interés del grupo.
h) Favorecer el contacto de TC con el tejido asociativo cívico.
i) Contribuir a generar la política de TC ante las políticas sectoriales.
j) Generar propuestas y análisis a los Grupos Institucionales de TC.
k) Favorecer el debate político y social en el seno del partido.
I) Propiciar el contacto del partido con las aspiraciones y problemáticas de los ciudadanos, estudiando la elaboración de soluciones y propuestas alternativas.
m) Colaborar en la difusión de las propuestas y campañas del partido.
n) Posibilitar un marco de trabajo político a profesionales y personas expertas en temáticas sectoriales.
o) Impulsar la afiliación en determinados colectivos sociales de ámbito sectorial.
Artículo 6.- Son objetivos de las Áreas de Trabajo de TC, en el ámbito nacional castellano, los siguientes:
a) Coordinar el trabajo político de los Grupos de Trabajo de TC sobre una temática sectorial concreta.
b) Favorecer la colaboración y aportaciones de personas no afiliadas, así como de asociaciones y organizaciones de ámbito nacional.
c) Analizar la política sectorial e institucional del partido, en el ámbito nacional.
d) Coordinar y gestionar la documentación sectorial del partido, en el ámbito nacional.
e) Formar la opinión del partido en las diferentes políticas sectoriales, y colaborar en la elaboración de sus documentos, resoluciones y programas de ámbito nacional.
f) Seguir la actualidad relativa a los temas de interés para el Área de Trabajo.
g) Generar propuestas y análisis a los Grupos Institucionales de TC.
h) Favorecer el debate político y social horizontal, así como la cooperación constructiva, en el seno del partido, y entre sus agrupaciones territoriales.
i) Dotar a las agrupaciones territoriales con menor implantación del partido, de una política sectorial suficientemente desarrollada.
j) Colaborar en la difusión de las propuestas y campañas del partido.
k) Posibilitar un marco de trabajo político a profesionales y personas expertas en temáticas sectoriales.
l) Impulsar la afiliación en determinados colectivos sociales de ámbito sectorial.
SECCIÓN 2ª.- FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS Y ÁREAS DE TRABAJO.
Artículo 7.- Una vez aprobada la creación de un Grupo de Trabajo, por parte del Concejo Provincial de TC,
Artículo 8.- Los Grupos de Trabajo de TC, se rigen por las siguientes normas de funcionamiento:
a) Se reúnen, con una periodicidad aproximada quincenal, con la presencia del coordinador, y con un orden del día, previamente elaborado y conocido por sus integrantes, de los asuntos a tratar.
b) Se levantará acta en cada sesión de los acuerdos adoptados.
c) Su funcionamiento es asambleario, adoptándose los acuerdos por consenso, y solamente cuando no se alcanzare acuerdo, se procederá a votación indicativa.
d) Pueden crear comisiones, o subgrupos de trabajo en su seno, tanto permanentes como ocasionales, para desarrollar determinadas temáticas concretas.
e) Están abiertos a la participación de todos los afiliados y simpatizantes que lo deseen.
f) Favorecerán la incorporación de nuevos integrantes, afiliados o no, al Grupo de Trabajo.
g) Proceden a reunir y estudiar toda documentación y legislación referente a su ámbito de trabajo político sectorial.
h) Hacen un seguimiento de la actualidad referente a su ámbito sectorial.
i) Proceden al reparto del trabajo entre todos sus integrantes.
j) Elaboran anualmente los objetivos a conseguir y la programación a desarrollar.
k) Contactan con personas, asociaciones, colectivos y entidades, cuyo trabajo o conocimientos sean de interés para la temática de su ámbito sectorial.
l) Generan ideas políticas propias, iniciativas sociales y propuestas de actividades, que elevan a los órganos ejecutivos del partido en su ámbito territorial y a
m) Evalúan, con una periodicidad aproximada semestral, sus actividades y el cumplimiento de sus objetivos.
n) Transmiten sus trabajos y resultados, a través de su coordinador, mensualmente a
o) Trimestralmente presentan, a través de su coordinador, informe de sus trabajos y resultados, ante el Concejo Provincial y demás órganos de toma de decisiones de su ámbito territorial.
p) Elevan, ante los Grupos Institucionales de TC de su ámbito territorial, sus iniciativas en el ámbito de las administraciones públicas.
q) Elevan ante el Concejo Provincial sus propuestas de documentos, resoluciones y programas, a asumir por TC en su ámbito territorial.
r) Organizan la documentación que recopilan o generan, que permanecerá al servicio de todo el partido, a través de
Artículo 9.- El coordinador del Grupo de Trabajo, asume las siguientes obligaciones políticas:
a) Es responsable de elaborar las actas de las reuniones y recoger los acuerdos correspondientes.
b) Convoca las reuniones, redacta el orden del día, modera las reuniones, y vela por el eficaz desarrollo de las mismas.
c) Transmite información a los otros integrantes del Grupo de Trabajo.
d) Mensualmente informa a
e) Cada seis meses, coordina la sesión del Grupo de Trabajo que evalúa las actividades realizadas y el cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 10.- Una vez aprobada la creación de un Área de Trabajo, por parte del Concejo Nacional de TC,
Artículo 11.- Las Áreas de Trabajo de TC, se rigen por las siguientes normas de funcionamiento:
a) Reúnen a los coordinadores de los diferentes Grupos de Trabajo, con una periodicidad ordinaria comprendida entre uno y cuatro meses, con la presencia del coordinador nacional, y con un orden del día previo de los asuntos a tratar, constituyendo así
b) Se levantará acta en cada sesión de los acuerdos adoptados por
c) Velarán por el desarrollo de políticas nacionales en el ámbito de su responsabilidad sectorial, evitando el convertirse en un mero foro de intercambio entre Grupos de Trabajo con políticas autónomas. Su funcionamiento es asambleario, adoptándose los acuerdos por consenso, y solamente cuando no se alcanzare acuerdo, se procederá a votación indicativa.
d) Pueden crear comisiones, o subgrupos de trabajo en su seno, tanto permanentes como ocasionales, para desarrollar determinadas temáticas concretas.
e) Proceden a reunir y estudiar toda documentación y legislación referente a su ámbito de trabajo político sectorial.
f) Hacen un seguimiento de la actualidad nacional referente a su ámbito sectorial.
g) Proceden al reparto del trabajo, y a la asignación de funciones entre todos sus Grupos de Trabajo integrantes.
h) Elaboran anualmente los objetivos a conseguir y la programación a desarrollar.
i) Contactan con personas, asociaciones, colectivos y entidades, cuyo trabajo o conocimientos sean de interés nacional para la temática de su ámbito sectorial.
j) Generan ideas políticas propias, iniciativas sociales y propuestas de actividades, que elevan a
k) Evalúan, con una periodicidad anual, sus actividades y el cumplimiento de sus objetivos.
l) Transmiten sus trabajos y resultados, a través de su coordinador nacional, mensualmente a
m) Trimestralmente presentan, a través de su coordinador nacional, informe de sus trabajos y resultados, ante el Concejo Nacional.
n) Elevan, ante los Grupos Institucionales de TC, sus iniciativas en el ámbito de las administraciones públicas.
o) Elevan ante el Concejo Nacional, a través de
p) Organizan la documentación, de carácter nacional, que recopilan generan, que permanecerá al servicio de todo el partido, a través de
Artículo 12.- El coordinador nacional de cada Área de Trabajo, asume las siguientes obligaciones políticas:
a) Es responsable de elaborar las actas de las reuniones y recoger los acuerdos correspondientes.
b) Convoca las reuniones, redacta el orden del día, modera las reuniones, y vela por el eficaz desarrollo de las mismas.
c) Transmite información a los otros integrantes del Área de Trabajo.
d) Mantiene un contacto permanente con los coordinadores de los Grupos de Trabajo que integran el Área de Trabajo.
e) Mensualmente informa a
f) Anualmente, coordina la sesión del Área de Trabajo que evalúa las actividades realizadas y el cumplimiento de sus objetivos.
Artículo 13.- Cada Junta Comunera Provincial de TC velará por dotar a todos los Grupos de Trabajo que operen en su ámbito territorial, de los recursos materiales necesarios para el correcto desarrollo de su funcionamiento.
Artículo 14.-
SECCIÓN 3ª.- DE
Artículo 15.- La coordinación interna de cada Grupo de Trabajo es responsabilidad del coordinador del mismo, función de la que da cuenta a los integrantes del Grupo de Trabajo y a los órganos ejecutivos del partido que han procedido a su nombramiento.
Artículo 16.- La coordinación del Grupo de Trabajo, con
Artículo 17.- Cuando el número de Grupos de Trabajo que sean operativos en su ámbito provincial así lo aconseje,
Artículo 18.- La coordinación interna de cada Área de Trabajo nacional de TC, es responsabilidad de su coordinador nacional y de
Artículo 19.- La coordinación de cada Área de Trabajo, con la organización nacional de TC, se establece a través del coordinador de la misma, con
Artículo 20.-