La secretaría general del partido castellanista TIERRA COMUNERA (TC), ha denunciado ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la presunta comisión de diversos delitos por parte de la Consejería de Medio Ambiente y la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como por parte del Ministerio de Medio Ambiente del Estado Central, en relación a su intervención en el incendio de Guadalajara, los días 16 al 20 de Julio.
En la denuncia de la formación castellanista, se exponen los siguientes hechos:
Que el pasado sábado 16 de julio, en la Comarca del Alto Tajo (provincia de Guadalajara) se inició un importante incendio forestal, en torno a las 14:45 horas, en el paraje conocido como Merendero de la Cueva de los Casares.
Que el citado incendio forestal, se ha desarrollado, desde el citado sábado 16 de Julio hasta el miércoles 20 de Julio, fecha del presente escrito, sin haber sido sofocado totalmente, con la calcinación de una superficie que ronda las 15.000 hectáreas.
Que en la noche del domingo 17 de Julio, en torno a las 23:30 horas, un equipo de extinción de incendios que se desplazaba por una pista forestal para atacar el citado fuego, en el itinerario que conduce de santa María del Espino al Valle de los Milagros, fue alcanzado por el incendio, falleciendo once de las personas que lo integraban y resultando otra más herida.
Que el valor ecológico y ambiental de los daños ocasionados por el citado incendio forestal, en un entorno natural de extraordinario significado como lo es el Alto Tajo, es incalculable, tanto por lo costoso económicamente de su restauración, como por los larguísimos plazos temporales que exige su recuperación.
Que los vecinos y ciudadanos, procedentes de las localidades de la provincia de Guadalajara afectadas por el incendio forestal y de sus alrededores, que han participado como voluntarios en las labores de extinción de este incendio, así como que han podido realizar un seguimiento de su desarrollo y de las labores de extinción del mismo, declaran con rotundidad y unanimidad que ha existido una enorme falta de medios materiales y humanos dedicados por las administraciones competentes, en las primeras horas del incendio del Alto Tajo de Guadalajara, a las labores de extinción del mismo. Según las declaraciones de los propios vecinos que trabajaron durante horas intentando salvar su monte y sus casas de la acción devastadora de las llamas, los medios utilizados para las labores de extinción no fueron en la mayoría de los casos suficientes y, en algunos casos, incluso fueron inexistentes. Ya desde organizaciones como Ecologistas en Acción y desde algunas voces de alcaldes y particulares de los pueblos afectados, desde el primer momento se puso especial énfasis en la falta de medios materiales y humanos que se destinaron a la extinción de un incendio que avanzaba a un fuerte ritmo impulsado por el viento. Según declaraciones de un miembro del reten vecinal de Anquela del Ducado, miembro de TIERRA COMUNERA (TC) y participante en las labores de extinción, en esa zona del incendio no se personaron los primeros miembros de 112 hasta las 10:00 de la noche y no llegaron los primeros camiones de bomberos hasta 11:00 de la noche del sábado 16, cuando desde las 4:30 de la tarde los vecinos ya luchaban mano a mano con el fuego. Sólo pasadas casi veinticuatros horas del comienzo del fuego, se movilizó al ejército y a los medios aéreos de forma masiva, cuando ya se habían calcinado más de 8.000 ha. de las 12.000 que en este momento han sido pasto de las llamas. Hasta el medio día del martes 19, el Portavoz de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha ha reconocido que no se activó el Nivel 2 de alerta en la provincia de Guadalajara hasta que ya se había producido la muerte de los once miembros del retén de incendios.
Que los responsables de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, administración competente en gestión forestal, prevención y extinción de incendios, han actuado con manifiesta negligencia en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de este incendio, destacando especialmente las siguientes:
especialmente seco, y en los momentos de fuertes temperaturas y
elevado régimen de vientos, no declarando específicamente la
prohibición de realización de fuegos en el ámbito forestal de las
masas boscosas y arbustivas existentes en el ámbito territorial de
esta Comunidad Autónoma.
extinción del citado incendio forestal de vecinos, ciudadanos y
residentes carentes del suficiente apoyo técnico y material, con
un elevado riesgo para su integridad física.
técnicos de extinción de incendios disponibles por la citada
administración para atacar el fuego del mencionado incendio
forestal desde sus primeros momentos.
humano, en labores de extinción de incendios, en los primeros
momentos del fuego, procedente de Comunidades Autónomas próximas
(Castilla y León, Madrid, Aragón o Comunidad Valenciana), incluso
en los casos en los que este apoyo había sido explícitamente ofrecido.
incendios, en los primeros momentos del fuego y ya conocida su
virulencia y su extinción, del propio Gobierno Central, a través
del Ministerio de Medio Ambiente.
Que el Gobierno Central y muy especialmente el Ministerio de Medio Ambiente, conocedores de la gravedad del fuego, de su extensión, del riesgo existente para el Medio Ambiente, para las propiedades de los ciudadanos y para las vidas e integridad física de las personas que residían en la zona o que participaban en las labores de extinción, y conocedores así mismo de la ausencia de medios apropiados para atajar este fuego por las informaciones recabadas sobre el terreno por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, y muy especialmente por parte de la Guardia Civil, no actuó ni con la diligencia debida ni con el debido cumplimiento de sus obligaciones, evitando realizar el aporte de sus propios medios para atajar este incendio.
Que los hechos anteriormente descritos pueden ser corroborados por la abundante información recogida por los Medios de Comunicación de los días 17, 18, 19 y 20 de Julio, un resumen de los cuales acompaña a la presente denuncia, así como por las abundantísimas declaraciones de los innumerables testigos de este fuego, especialmente periodistas, personal de extinción de incendios, vecinos, residentes, etc…
Que entre los hechos anteriormente descritos, el abajo denunciante, en representación del partido político legalizado TIERRA COMUNERA (TC), aprecia la presunta comisión de delitos punibles penalmente por parte de la Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Rosario Arévalo, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, D. José María Barreda y de la Ministra de Medio Ambiente, Dña. Cristina Narbona, como los de:
barbacoa origen del incendio forestal y en las imprudentes normas
que regulaban su utilización en momentos en que el riesgo de
incendio era muy alto.
muertes, por homicidio involuntario, en el envío de personal de
extinción de incendios sin las suficientes garantías de seguridad.
grave por las diversas imprudencias que han desembocado en la
quema de en torno a 15.000 hectáreas de masa arbustiva y forestal
en el Espacio Natural del Alto Tajo.
y daño ambiental muy grave por abandono a la población asediada
por el incendio y que participaban como voluntarios en las tareas
de extinción del mismo.
muertes y daño ambiental muy grave por omisión en el recurso a
todos los medios materiales y humanos disponibles para sofocar el
citado fuego.
Por todo lo cual TIERRA COMUNERA (TC), ante la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, y dada la gravedad de los hechos expuestos, la alarma social creada y la importancia de los delitos potencialmente cometidos, DENUNCIA:
Los hechos anteriormente descritos, solicitando de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el inicio de las investigaciones necesarias para esclarecer los hechos, determinando la posible comisión de alguna clase de delito penal tal y como establece el actual ordenamiento jurídico existente en el Estado Español, y señalando en su caso los responsables personales de la comisión de los mencionados delitos.